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ORDENANZA
Para el Partido de Saavedra
Artículo 1º.-Apruébase el Convenio «Solidaridad Etapa II» suscripto entre el Departamento Ejecutivo y el INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, Programa Bonaerense II, para la construcción de sesenta módulos de viviendas en el marco del Decreto 9104 y sujeto a la Resolución I.V.B.A. Nº 1877/92 y en un todo de acuerdo con el que firmado por las partes, integra la presente.-
Artículo 2º.-Cúmplase, regístrese y publíquese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, EN PIGÜÉ, A LOS VEINTE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES.-
ELSA BEATRIZ CORONEL Secretaría Administrativa H.C.D Saavedra JULIO OSCAR RODRÍGUEZ Presidente H.C.D