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ORDENANZA

Para el Partido de Saavedra

Artículo 1º.-Apruébase el Convenio «Solidaridad Etapa III» suscripto entre el Departamento Ejecutivo «ad-referéndum» y el INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, Plan Bonaerense II, para la construcción de sesenta módulos de viviendas en el marco de la Ley 9104 y sujeto a la Resolución I.V.B.A. Nº 1877/92 y en un todo de acuerdo con el que firmado por las partes, integra la presente.-

Artículo 2º.-Cúmplase, regístrese y publíquese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, EN PIGÜÉ, A LOS VEINTE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES.-

 

  ELSA BEATRIZ CORONEL  Secretaría Administrativa  H.C.D Saavedra          JULIO OSCAR RODRÍGUEZ Presidente H.C.D