CORRESPONDE A EXPTE. Nº 54.188/152/95.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE
O R D E N A N Z A
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
ARTÍCULO 1º: Exímase transitoriamente y hasta que la Secretaría de Acción Social lo considere, a la Sra. Andrea Paola Franchini de Kolacofsky, con domicilio en calle Roma 65, de Pigüé, del pago de la obra construcción de pavimento articulado.-
ARTÍCULO 2º: Dado que el inmueble no figura a nombre de la recurrente, y para acceder a lo establecido en el Art. 1º deberá presentar documentación o comprobante extendido por profesional competente, como que se encuentra en posesión del bien.-
ARTÍCULO 3º: Cúmplase, regístrese y publíquese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, EN PIGÜÉ, A LOS ONCE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.-
ORDENANZA Nº 3679/95.-