3681

CORRESPONDE A EXPTE. Nº 54.843/207/95.-

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE

O R D E N A N Z A

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

ARTÍCULO 1º: Apruébase el Convenio de Colaboración Mutua y Propósitos Generales suscripto entre el Departamento Ejecutivo y la Universidad Nacional del Sur, de Bahía Blanca, por el cual ambas expresan su deseo de cooperar recíprocamente en la programación de actividades culturales; en la promoción y ejecución de tareas que requieran contar con apoyo académico y en la mutua prestación de servicios, en un todo de acuerdo al que firmado por las partes, corre agregado a fojas 2+3 del Expediente Nº 54.843/207/95 e integra la presente.-

ARTÍCULO 2º: Cúmplase, regístrese y publíquese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, EN PIGÜÉ, A LOS ONCE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE  DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.-

ORDENANZA Nº 3681/95.-