CORRESPONDE A EXPTE Nº 49.807/009/91 – 3518/176/95.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE
O R D E N A N Z A
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
ARTÍCULO 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a prorrogar el contrato de locación entre la Municipalidad del Partido de Saavedra y la Cooperativa de Productores Apícolas Ltda. “PI-HUE” hasta el 31 de Marzo de 1.996, del inmueble ubicado en calle Urquiza y San Martín de Pigüé designado catastralmente como Circ. II – Secc. A – Mzna. 91 – Parcela 2 – partida 3085/00, con destino a la extracción de miel, acopio de tambores e insumos para sus asociados.-
ARTÍCULO 2º: Fijase en $ 100 (pesos cien) mensuales el importe a abonar por la Cooperativa de Productores Apícolas Ltda. “PI-HUE” en concepto de alquiler a la Municipalidad del Partido de Saavedra.-
ARTÍCULO 3º: La Cooperativa de Productores Apícolas Ltda. “PI-HUE” deberá hacerse cargo del pago de los servicios de electricidad y gas, servicio de alumbrado, barrido, limpieza y servicios sanitarios.-
ARTÍCULO 4º: Cúmplase, regístrese y publíquese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, EN PIGÜÉ, A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS.-
ORDENANZA Nº 3754/96