Devolución cuotas pagas plan de vivienda.
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CORRESPONDE A EXPTE Nº 3610/87/96.-

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE

O R D E N A N Z A

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

ARTÍCULO 1º: Aceptase la solicitud de REDEL MARÍA ESTHER, con Documento Libreta Cívica Nº 6.519.205 y domicilio en calle Urquiza y Bernardo de Irigoyen, de la ciudad de de PIGÜÉ, de reintegro de cuotas del Plan que se queden los Jóvenes del cual es renunciante.-

ARTÍCULO 2º: Las cuotas se devolverán del siguiente modo: $ 300,00.- (Pesos Trescientos), al 30 de Abril de 1996, $ 300,00.- (Pesos Trescientos) el 30 de Mayo de 1996 y $ 300,00.- (Pesos Trescientos) el 30 de Junio de 1996; luego una cuota por mes hasta cancelar.-

ARTÍCULO 3º: La presente se dicta como norma de excepción teniendo en cuenta la situación de la persona mencionada.-

ARTÍCULO 4º: Comuníquese, regístrese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, EN PIGÜÉ, A LOS ONCE DÍAS DEL MES DE ABRIL DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS.-

ORDENANZA Nº 3778/96