3778
CORRESPONDE A EXPTE Nº 3610/87/96.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE
O R D E N A N Z A
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
ARTÍCULO 1º: Aceptase la solicitud de REDEL MARÍA ESTHER, con Documento Libreta Cívica Nº 6.519.205 y domicilio en calle Urquiza y Bernardo de Irigoyen, de la ciudad de de PIGÜÉ, de reintegro de cuotas del Plan que se queden los Jóvenes del cual es renunciante.-
ARTÍCULO 2º: Las cuotas se devolverán del siguiente modo: $ 300,00.- (Pesos Trescientos), al 30 de Abril de 1996, $ 300,00.- (Pesos Trescientos) el 30 de Mayo de 1996 y $ 300,00.- (Pesos Trescientos) el 30 de Junio de 1996; luego una cuota por mes hasta cancelar.-
ARTÍCULO 3º: La presente se dicta como norma de excepción teniendo en cuenta la situación de la persona mencionada.-
ARTÍCULO 4º: Comuníquese, regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, EN PIGÜÉ, A LOS ONCE DÍAS DEL MES DE ABRIL DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS.-
ORDENANZA Nº 3778/96