3875
CORRESPONDE A EXPTE Nº 51.404/144/93.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE
O R D E N A N Z A
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
ARTÍCULO 1º: Fijase las tasaciones de los inmuebles propiedad municipal ubicados en calle Lavalle entre Madrid y Ruperto Tanco de PIGÜÉ, datos catastrales:
Circunscripción II – Sección C – Manzana 34 a – Parcela 24, Partida 9440, en la suma de PESOS DOS MIL CIEN ($ 2.100.-).-
Circunscripción II – Sección C – Manzana 34 b – Parcela 26, Partida 9442, en la suma de PESOS TRES MIL DOSCIENTOS ($ 3.200.-).-
Circunscripción II – Sección C – Manzana 34 a – Parcela 28, Partida 9444, en la suma de PESOS TRES MIL DOSCIENTOS ($ 3.200.-).-
ARTÍCULO 2º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a enajenar los terrenos mencionados en el artículo 1, debiendo cumplimentar lo dispuesto en el artículo 159 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese, regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, EN PIGÜÉ, A LOS TREINTA Y UN DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS.-
ORDENANZA Nº 3875/96