Convenio por equipos de audio municipal.
image_print

CORRESPONDE A EXPTE Nº 56.076/85/96.-

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE

O R D E N A N Z A

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

ARTÍCULO 1º: Apruébase el Convenio celebrado entre la Municipalidad de Saavedra (PIGÜÉ) y el Señor Daniel Luchini, para la prestación del servicio de audio con equipos propios en las actividades municipales y mantenimiento técnico de los equipos de audio del Hospital y Maternidad de PIGÜÉ, Honorable Concejo Deliberante y Terminal de Ómnibus en un todo de acuerdo al que firmado por las partes obra agregado a Fojas 4/5 de estas actuaciones y pasa a integrar parte del presente.-

ARTÍCULO 2º: Comuníquese, regístrese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, EN PIGÜÉ, A LOS TREINTA Y UN DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS.-

ORDENANZA Nº 3876/96