3959

Corresponde a Expte. Nº: 56.331/96

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

Para el Partido de SAAVEDRA

Artículo 1º: Fijase en la suma de Pesos CATORCE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS. ($14.248.800.-) el Presupuesto General de Gastos para el año 1997, conforme a las planillas Anexas que obran agregadas a fojas 5 a 23 que forman parte del presente.

Artículo 2º: Fijase en la suma de Pesos CATORCE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS. ($14.248.800.-) el Cálculo de Recursos destinados a la financiación del Presupuesto de Gastos, conforme a las planillas Anexas que obran agregadas a fojas 2 a 4 que forman parte de la presente Ordenanza.

Artículo 3º: Apruébese las planillas de sueldos individuales, Planillas de Retribuciones Globales que obran agregadas a fojas 24 a 45 y que forman parte integrante de la presente ordenanza, conforme a la estructura y nomencladores de Recursos y Gastos.

Artículo 4º: Fijase los Gastos de Representación para el Intendente Municipal en la suma mensual de Pesos UN MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO CON SESENTA Y UN CENTAVOS. ($ 1.275,61)

Artículo 5º: Fijase para el ejercicio 1997 la Bonificación por Antigüedad para el personal municipal en los porcentajes establecidos en el inciso b) del Artículo 19º de la Ley Nº 11.757.

Artículo 6º: Los saldos que arrojen al Cierre del Ejercicio 1996 las cuentas de recursos con Afectación, serán transferidas al Ejercicio 1997, incorporándolas al Cálculo de Recursos por Decreto del Departamento Ejecutivo,  correlativamente se ampliara el Presupuesto de Gastos reforzando créditos de cuentas existentes o incorporando conceptos no previstos. En ambos casos se respetara el destino a que deben ser aplicados los fondos en cuestión. La incorporación de saldos afectados al Cálculo de Recursos y al Presupuesto de Gastos se efectuara respetando los nomencladores vigentes respectivos.”

Artículo 7º: -Cúmplase, Regístrese y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE  DEL PARTIDO DE  SAAVEDRA, EN PIGUE, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.-                

ORDENANZA Nº:3959/97.