4005

Corresponde a Expte. Nº: 55.930/96

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

Para el Partido de SAAVEDRA

Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo aceptar la única oferta realizada en la Licitación Publica Nº 1/97 de la Planta de Alimentos Balanceados en Polvo y Comprimidos, ubicada en la intersección de las rutas nacional Nº 33 y Provincial Nº 67 de Pigüé, en un todo de acuerdo a lo establecido en el artículo 155º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

Artículo 2º: Adjudicase a la firma Agronomía del Sudoeste como único oferente, la Planta de Alimentos Balanceados en Polvo y Comprimidos, en la suma de Pesos Ciento ocho Mil ($108.00,00), la forma de pago será el 15% a la firma del Contrato de Compra-Venta y el saldo en treinta (30) cuotas mensuales y consecutivas con el 12% de interés anual sobre saldos mas IVA.

Artículo 3º: Sera condición para la aceptación de la oferta de la Licitatoria, haber abonado toda deuda anterior en concepto de alquiler de la mencionada planta.-

Artículo 4º: -Cúmplase, Regístrese y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE  DEL PARTIDO DE  SAAVEDRA, EN PIGUE, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.-                

ORDENANZA Nº:4005/97.