Autorizando adquisición en forma directa.
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Corresponde a Expte. Nº: 54.544/97

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

Para el Partido de SAAVEDRA

Artículo 1º: Dejase sin efecto la Ordenanza Nº 3890/96 sancionada con fecha 16 de diciembre de 1996.

Artículo 2º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a adquirir en forma directa a la Sra. Breser, ubicado en la calle El Espartillo, de Espartillar cuyo datos catastrales son: Circunscripción III – sección B – Manzana 36 – Parcela 15 – Partida 4766, edificado con todos los servicios, en la suma de Cinco Mil Seiscientos cuarenta y ocho pesos ($5.648.-); y Circunscripción III – sección B – Manzana 36 – Parcela 16 – Partida 4767, en la suma de Setecientos cuarenta y ocho pesos ($748.-); Baldío.-

Artículo 3º: Los importes mencionados en el Artículo 2º serán aplicados a la deuda que registra con el municipio la Sra. Breser por las Partidas 4766 y 4767, respectivamente.-

Artículo 4º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a enajenar el bien mencionado en el Artículo 1º debiendo cumplimentar lo dispuesto en el Artículo 159º de la Ley Orgánica Municipal.-

Artículo 5º: Condónese toda la deuda existente posterior al 16 de diciembre de mil novecientos noventa y seis.-

Artículo 6º: -Cúmplase, Regístrese y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE  DEL PARTIDO DE  SAAVEDRA, EN PIGUE, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.-                

ORDENANZA Nº:4008/97.