Convenio con Instituto de la Vivienda.
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Corresponde a Expte. Nº: 57.609/97

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

Para el Partido de SAAVEDRA

Artículo 1º:  Convalidase el CONVENIO DE PAGO – Ad Referéndum del Honorable Concejo Deliberante, celebrado entre el Instituto de la Vivienda de la provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Saavedra-Pigüé, el que tiene por objeto la cancelación de la deuda que mantiene la comuna con el Instituto, permitiendo la finalización de la obra de la operatoria Solidaridad destinada a la “Construcción de 121 dormitorios, en un todo de acuerdo al que firmado por las partes y obra agregado a fojas 1 a 3 de estas actuaciones y que pasa a integrar parte de la presente.

Artículo 2º: -Cúmplase, Regístrese y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE  DEL PARTIDO DE  SAAVEDRA, EN PIGUE, A LOS DOS DIAS  DEL MES DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.-                

ORDENANZA Nº:4086/97.