4090
Corresponde a Expte. Nº: 57.373/97
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Para el Partido de SAAVEDRA
Artículo 1º: Establecerse en la suma de pesos Mil Trescientos cuarenta y dos con noventa y tres centavos ($1.342,93) la tasación de un terreno propiedad de la municipalidad ubicado en la esquina de las calles Juana de Arco y Diagonal Italia, lindero inmediato al barrio Pro-Casa I y II de Pigüé, datos catastrales: Circunscripción II – Sección B – Manzana 171 – Parcela 10 – Partida 10.953.
Artículo 2º: Autorizase la venta del inmueble indicado en el artículo 1º al Sr. Eduardo Oscar Galván.
Artículo 3º: Los gastos de escrituración serán por cuenta y cargo del adquirente, efectuándose la transmisión de dominio una vez saldado el valor fijado al terreno.-
Artículo 4º: -Cúmplase, Regístrese y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, EN PIGUE, A LOS DOS DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.-
ORDENANZA Nº:4090/97.