Corresponde a Expte. Nº: 57.985/98
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Para el Partido de SAAVEDRA
Artículo 1º: Convalidase el CONVENIO celebrado entre Ferro Expreso Pampeano S.A. y la Municipalidad de Saavedra Pigüé, el que tiene por objeto conceder permiso precario de uso al municipio, de un espacio en terreno del ramal ferroviario bajo la concesión de FEPSA, en un todo de acuerdo al que firmado por las partes obra agregado a fojas 2 a 4 de estas actuaciones y que pasa a integrar parte de la presente
Artículo 2º: Los gastos totales que demande la ejecución de los trabajos y la posterior conservación, serán soportados por el municipio e imputados a la partida Finalidad I – Programa 2 – Administración General sin discriminar 2.5.2.20. “Construcción red de gas en Arroyo Corto” del presupuesto de gastos vigentes.
Artículo 3º: -Cúmplase, Regístrese y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, EN PIGUE, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE MARZO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.-
ORDENANZA Nº:4133/98.