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Corresponde a Expte. Nº: 56.859/97
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Para el Partido de SAAVEDRA
Artículo 1º: Apruébese la reducción de un treinta por ciento (30%) a los valores fijados como base de los elementos a vender en subasta pública, aprobada mediante Ordenanza Nº 4000/97.
Artículo 2º: -Cúmplase, Regístrese y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, EN PIGUE, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE MARZO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.-
ORDENANZA Nº:4135/98.