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Corresponde a Expte. Nº: 57.754/97

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

Para el Partido de SAAVEDRA

Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a concertar con el Programa de Fortalecimiento Municipal, un préstamo por la suma de pesos Doscientos Cuarenta y Siete Mil Trescientos Veintinueve ($ 247.329.).

Artículo 2º: Los fondos del préstamo serán destinados a la ejecución de una Planta de Clasificación y Reciclado de Residuos en la ciudad de Pigüé.

Artículo 3º: En garantía del préstamo afectase los recursos de coparticipación de los impuestos Provinciales y Nacionales que correspondan a este Municipio, autorizándose a retener las sumas necesarias para cubrir el pago de amortizaciones e intereses.

Artículo 4º: El crédito será amortizado con los recursos provenientes de la modificación de la Ordenanza Nº 1908/87, el que se afectara proporcionalmente al compromiso asumido

Artículo 5º: La Contaduría Municipal ha creado en el proyecto de Calculo y Recursos del ejercicio 1998, el Capítulo en el cual se ingresaran los fondos y la partida de Trabajos Públicos del Presupuesto de Gastos por la cual se producirán los egresos. Además se ha incorporado en el citado Presupuesto la partida necesaria para atender el pago de los intereses del empréstito. El Departamento Ejecutivo preverá los servicios del préstamo hasta su total cancelación.

Artículo 6º: La deuda será amortizada por el Municipio en 36 cuotas trimestrales. La tasa de interés será del 8,94% anual, variable semestralmente.

Artículo 7º: -Cúmplase, Regístrese y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE  DEL PARTIDO DE  SAAVEDRA, EN PIGUE, A LOS DIECIOCHO DIAS  DEL MES DE MARZO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.-                

ORDENANZA Nº:4136/98.