Corresponde a Expte. Nº: 4121/98
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Para el Partido de SAAVEDRA
Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a fijar en $100, la Tasa mensual por Alumbrado Público que se le suministra a la Planta de Alimentos Balanceados “Agronomía del Sudoeste”, de nuestra ciudad.
Artículo 2º: -Cúmplase, Regístrese y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, EN PIGUE, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE ABRIL DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.-
ORDENANZA Nº:4161/98.