Regulando tasa especial por alumbrado publico.
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Corresponde a Expte. Nº: 4121/98

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

Para el Partido de SAAVEDRA

Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a fijar en $100, la Tasa mensual por Alumbrado Público que se le suministra a la Planta de Alimentos Balanceados “Agronomía del Sudoeste”, de nuestra ciudad.

Artículo 2º: -Cúmplase, Regístrese y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE  DEL PARTIDO DE  SAAVEDRA, EN PIGUE, A  LOS VEINTIOCHO DIAS  DEL MES DE ABRIL DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.-                

 ORDENANZA Nº:4161/98.