Corresponde a Expte. Nº: 58.398/98
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Para el Partido de SAAVEDRA
Artículo 1º: Exímase de la tasa por “Limpieza y Conservación de la Vía Publica” a los contribuyentes que se indican a continuación, por el corriente año. Que gravan a la casa habitación que ocupan:
PIGUE:
- Aranda, Clotilde
- Antonini, Lucia
- Arias, Berta
- Alaux de Cance, María
- Carreras, Elena Rosa
- Canitrot, Blanca
- Escobares, María Rosa
- Gunther de Jungblut, Luisa
- Hubert, Ricardo
- Lista, Hector
- Napal, Luciano
- Ruggeri, Laura
- Rosas, Sara Alicia
- Taccari, Julieta
- Vallesse, María Elena
- Streitemberger, Jorge.
SAAVEDRA:
- Casano, Haydee
- Cleary de Pérez, C.
- De Orta, Susana
- Saborido, Serafín
- Kifer, Jose
ARROYO CORTO:
- Teysseire de Berg, M.
- Scholl Mollecker, C.
ESPARTILLAR:
- Acqua de Lauman, Emilia
- Cabral, Isidro
- Giannoni Spagnuoli, Rosa
Artículo 2º: Se deja constancia que la eximición alcanza solo y exclusivamente a las personas mencionadas en el articulo 1º. Las respectivas propiedades continúan gravadas por las sumas que por todo concepto adeuden a la Municipalidad: tasas, intereses, recargos, etc. al momento en que se concrete cualquier cambio de titularidad de dominio y/ se constituya derechos reales sobre los mismos.
Artículo 3º: Los contribuyentes mencionados en el artículo 1º beneficiados con la eximición, deberán en el mes de Enero de cada año, reiterar la solicitud.
Artículo 4º: -Cúmplase, Regístrese y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, EN PIGUE, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE JUNIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.-
ORDENANZA Nº:4192/98.