4217
Corresponde a Expte. Nº: 58.398/98
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Para el Partido de SAAVEDRA
Artículo 1º: Exímase del pago de la tasa por “Alumbrado, limpieza y conservación de la Vía Publica” por el corriente año, a la contribuyente María Rosa Nador, grava a la casa habitación que ocupa, ubicado en calle 25 de Mayo S/N de Saavedra. Partida 9911-00
Artículo 2º: Se deja establecido que la eximición alcanza solo y exclusivamente a la persona mencionada en el artículo anterior. La propiedad continua gravada por la suma que por todo concepto adeude a la Municipalidad, incluidos intereses y recargos, etc. al momento en que se concrete cualquier cambio de titularidad de dominio y/o se constituya derecho real sobre el mismo.
Artículo 3º: -Cúmplase, Regístrese y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, EN PIGUE, A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.-
ORDENANZA Nº:4217/98.