4217

Corresponde a Expte. Nº: 58.398/98

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

Para el Partido de SAAVEDRA

Artículo 1º: Exímase del pago de la tasa por “Alumbrado, limpieza y conservación de la Vía Publica” por el corriente año, a la contribuyente María Rosa Nador, grava a la casa habitación que ocupa, ubicado en calle 25 de Mayo S/N de Saavedra. Partida 9911-00

Artículo 2º: Se deja establecido que la eximición alcanza solo y exclusivamente a la persona mencionada en el artículo anterior. La propiedad continua gravada por la suma que por todo concepto adeude a la Municipalidad, incluidos intereses y recargos, etc. al momento en que se concrete cualquier cambio de titularidad de dominio y/o se constituya derecho real sobre el mismo.

Artículo 3º: -Cúmplase, Regístrese y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE  DEL PARTIDO DE  SAAVEDRA, EN PIGUE, A  LOS VEINTICINCO DIAS  DEL MES DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.-                  

ORDENANZA Nº:4217/98.