Corresponde a Expte. Nº: 58.383/98
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Para el Partido de SAAVEDRA
Artículo 1º: Exímase del pago de la obra Construcción de Pavimento articulado en la ciudad de Pigüé, al Señor Oscar Plaza, partida Nº 13564.
Artículo 2º: Se deja establecido que la eximición alcanza solo y exclusivamente a la persona mencionada en el artículo anterior. La propiedad continua gravada por la suma que por todo concepto adeude a la Municipalidad, incluidos intereses y recargos, etc. al momento en que se concrete cualquier cambio de titularidad de dominio y/o se constituya derecho real sobre el mismo.
Artículo 3º: -Cúmplase, Regístrese y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, EN PIGUE, A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.-
ORDENANZA Nº:4220/98.