4255
Corresponde a Expte. Nº: /98
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Para el Partido de SAAVEDRA
Artículo 1º: Declarase de Utilidad Pública y pago obligatorio por los vecinos frentistas la ejecución de la obra alumbrado público a vapor de sodio sobre la calle colectora del Sector Industrial Planificado de Pigüé: Fracción II – Parcelas 2 y 3; Fracción III – Parcelas 3, 4 y 5, y Fracción V – Parcelas 1 a 25.-
Artículo 2º: -Cúmplase, Regístrese y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, EN PIGUE, A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.-
ORDENANZA Nº:4255/98.