4258

Corresponde a Expte. Nº: 58.711/98

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

Para el Partido de SAAVEDRA

Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a proceder a la desafectación de un lote en el Sector Industrial Planificado de la ciudad de Pigüé, designado en plano aprobado de Dirección de Geodesia 92-30-85, como SECTOR DE ESTACIONAMIENTO, de acuerdo a las actuaciones de conformidad obrantes a fojas 14 y 15 del expediente de referencia, y efectuar las tramitaciones que corresponda a los efectos de su aprobación.

Artículo 2º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a proceder a la venta del lote mencionado en el artículo 1º , cuya denominación catastral es: Circunscripción II, Sección F, Chacra 159, Fracción III, Parcela denominada “ESTACIONAMIENTO”, con una superficie total de 7.916,00 m2; lindera con las parcelas 5ª), 6ª), 7ª) y 8ª), a la COOPERATIVA DE PRODUCTORES APICOLAS DE PI-HUE limitada, con el objeto de instalar en la misma un depósito y fábrica de materiales apícolas, planta de extracción y fraccionamiento de miel y local de comercialización

Artículo 3º: -Cúmplase, Regístrese y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE  DEL PARTIDO DE  SAAVEDRA, EN PIGUE, A  LOS TRES DIAS  DEL MES DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.-                

 ORDENANZA Nº:4258/98.