EXPTE. Nº 59011/98
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Para el Partido de SAAVEDRA
Artículo 1º: Aprobar el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos del Ejercicio 1999 en forma GENERAL, solicitando las siguientes modificaciones particulares.
Artículo 2º: En la ordenanza de elevación a este HCD del Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el ejercicio año 1999, correspondiente al Expte. Nº 59.011/98, en su artículo Nº 6 se faculta por DECRETO al Departamento Ejecutivo la transferencia al Ejercicio 1999 de saldos que arroje al cierre del Ejercicio la cuenta de Recursos con Afectación. La modificación que se propone es la siguiente:
“ARTICULO 6º: Los saldos que arrojen al Cierre del Ejercicio 1998 las cuentas de recursos con Afectación, serán transferidas al Ejercicio 1999, incorporándolas al Cálculo de Recursos y correlativamente se ampliara el Presupuesto de Gastos. En ambos casos se respetara el destino a que deben ser aplicados los fondos originalmente. La incorporación de saldos afectados al Cálculo de Recursos y al Presupuesto de Gastos se efectuara respetando los nomencladores vigentes respectivos.”
Artículo 3º: En el folio Nº 7 del Cálculo de Recursos en el sub-1 Concepto: aporte generadora de empleo: obra de pavimento: 459.000,00 deberá figurar el destino de esos fondos. Pavimentación del Barrio Juan Murguía y, en el Presupuesto de Gastos, deberá figurar, en el folio Nº 16, concepto: Trabajos Públicos, apartado: Construcción pavimento en el distrito, Convenio U.G.E.: construcción pavimento Barrio Juan Murguía.
Artículo 4º: En el folio Nº 16- Concepto Trabajos Púbicos en el apartado construcción pavimento en Pigüé, deberán incorporarse el listado de las cuadras a ejecutar según listado adjunto.
Artículo 5º: En el Presupuesto de Gastos 1999 en la Secc. 1-Sector 3: Transferencias Corrientes (Folio 15) “UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR-PROGRAMA PEUZO” por la suma de pesos 100.000. en el Cálculo de Recursos prever un capitulo en Aportes No Reintegrables para dar ingreso a los aportes con Fondos Provinciales. (Convenio Provincia-Municipio-Corredor Productivo).
Artículo 6 º:En algún apartado del Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos, o en la memoria descriptiva deberá verse reflejado el total de cuotas no vencidas en concepto de viviendas, o sea, lo que los adjudicatarios le deben a la Municipalidad. Este dato permitiría conocer el verdadero valor de la vivienda, lo que estaría reflejando a su vez, el monto del patrimonio Municipal actual.
Artículo 7º: Cálculo de Recursos:
Aportes no reintegrables:
1.2.2.5. “Aportes del Tesoro Nacional”$ 50.000
Prestamos:
2.1.7. “Préstamo Pcia de Bs. As.” $ 200.000
2.1.8. “Préstamo Mto. Interior”. $ 100.000
Cap. VI:
Deuda Flotante $ 350.000
Artículo 8º:La aprobación total del Cálculo de Recursos y Presupuesto de4 Gastos Ejercicio 1999, quedara sujeto a la incorporación de las modificaciones antes mencionadas.-
Artículo 9º: Enviar por Secretaria una copia de la presente Ordenanza al H.T.C. Delegación local.-
Artículo 10º:Cúmplase, Regístrese y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, EN PIGUE, A VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.-
ORDENANZA Nº:4299/98.-