4306
Corresponde a Expte.nº:59355/98.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Para el Partido de SAAVEDRA
Artículo 1º:Autorízase al Departamento Ejecutivo a proceder a la firma de un Convenio de Colaboración Recíproca con la Federación Intercooperativa CENTENARIO, cuya copia se adjunta a la presente, con el objetivo de trabajar en forma mancomunada y coordinada en acciones de capacitación, concienciación, asesoramiento y difusión de los valores y principios cooperativos y otra formas asociativas solidarias.-
Artículo 2º: -Cúmplase, Regístrese y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, EN PIGUE, A VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.-
ORDENANZA Nº:4306/98.-