4312
Corresponde a Expte.nº:59533/99.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Para el Partido de SAAVEDRA
Artículo 1º:Autorízase al Departamento Ejecutivo a proceder a la firma de un convenio entre el Ministerio de Asuntos Agrarios de la Pcia. De Buenos Aires y el Municipio con el objeto de habilitar a éste a tramitar la expedición de licencias de pesca deportiva no federada y/o pesca turística y/o licencias para concursos en el ámbito del territorio del Distrito de Saavedra, en el marco de los requisitos exigidos por la Ley Provincial de Pesca 11.477 y su Decreto Reglamentario 3237/95.-
Artículo 2º:Cúmplase, Regístrese y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, EN PIGUE, A DIECISEIS DIAS DEL MES DE FEBRERO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE.-
ORDENANZA Nº:4312/99.-