4312

Corresponde a Expte.nº:59533/99.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

Para el Partido de SAAVEDRA

Artículo 1º:Autorízase al Departamento Ejecutivo a proceder a la firma de un convenio entre el Ministerio de Asuntos Agrarios de la Pcia. De Buenos Aires y el Municipio con el objeto de habilitar a éste a tramitar la expedición de licencias de pesca deportiva no federada y/o pesca turística y/o licencias para concursos en el ámbito del territorio del Distrito de Saavedra, en el marco de los requisitos exigidos por la Ley Provincial de Pesca 11.477 y su Decreto Reglamentario 3237/95.-

Artículo 2º:Cúmplase, Regístrese y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE  DEL PARTIDO DE  SAAVEDRA, EN PIGUE, A DIECISEIS   DIAS DEL MES DE FEBRERO  DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA  Y NUEVE.-                                       

ORDENANZA Nº:4312/99.-