Guias de Turismo del Distrito.
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Corresponde a Expte.nº:58124/98.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

Para el Partido de SAAVEDRA

Artículo 1º:Autorízase al Departamento Ejecutivo a proceder a alquilar por el término de nueve años, a partir de la firma del respectivo boleto, dos lotes del Sector Industrial Planificado de la ciudad de Pigüé, cuya nomenclatura catastral es la siguiente:Circ.II, Secc.F.,Chacra 159,Fr.III, Parcelas.7 a) y 8 a), con una superficie total de 5.000 y 4.000 m2. Respectivamente, a la empresa RUTAS PAMPEANAS S.A., con destino a la instalación de una playa de aligeramiento de carga de camiones.-

 Artículo 2º:Fíjase el monto total del alquiler, en la suma de $ 6.204,20

(Pesos seis mil doscientos cuatro con veinte centavos), pagaderos antes del año de vigencia de la presente ordenanza.-

Artículo 3º:Las obras de infraestructura y servicios que en un futuro se establezcan como de pago obligatorio dentro del Sector, deberán ser abonadas por la Empresa dentro de los términos generales que en cada caso se determine, así como las tasas que con las cuales están gravadas los lotes al momento del alquiler y las que pudieren establecerse.-

Artículo 4º: -Cúmplase, Regístrese y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE  DEL PARTIDO DE  SAAVEDRA, EN PIGUE, A DIECISEIS   DIAS DEL MES DE FEBRERO  DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA  Y NUEVE.-                                        

ORDENANZA Nº:4317/99.-