Convenio con Circulo de Compras de equipamientos.
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Corresponde a Expte.nº:59271/98.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

Para el Partido de SAAVEDRA

Artículo 1º:Apruébase el Convenio suscripto por el Departamento Ejecutivo en adhesión al Sistema de Círculos de Compra del programa de Asistencia a los Servicios Públicos Municipales –empresa Comunitaria, aprobado por Decreto nº4000/96 y organizado por el Ministerio de Gobierno y el Banco de la Provincia de Buenos Aires, mediante el cual se implementa la adquisición de maquinarias y equipamiento.-

Artículo 2º:La cuota que se pagará, será liquidada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires en función del precio de los elementos adquiridos y conforme al anexo del convenio.-

Artículo 3º:El Banco Provincia de Buenos Aires será el encargado del pago a la Empresa adjudicataria.-

Artículo 4º:Autorízase al Departamento Ejecutivo a afectar los créditos presupuestarios de ejercicios futuros en los términos del artículo nº273 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, debiendo efectuar las pertinentes reservas en el momento que corresponda.-

 Artículo  5º: -Cúmplase, Regístrese y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE  DEL PARTIDO DE  SAAVEDRA, EN PIGUE, A DIECISEIS   DIAS DEL MES DE FEBRERO  DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA  Y NUEVE.-                                        

ORDENANZA Nº:4319/99.-