Corresponde a Expte. nº60409/99 .
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Para el Partido de SAAVEDRA
Artículo 1º: Convalidase el Convenio de Colaboración para el otorgamiento por parte de la Universidad Nacional del Sur , de Bahía Blanca, de facilidades de alojamiento a los alumnos regulare o ingresantes de la misma, provenientes del Municipio de Saavedra (Pigüé) por un plazo de un año a partir del 1 de Marzo de 1.999 y hasta la finalización del ciclo lectivo 1.999.-
Artículo 2º:Cúmplase, Regístrese y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, EN PIGUE, A LOA OCHO DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE.-
ORDENANZA Nº:4404/99.-