Corresponde a Expte. nº4516/100/99.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Para el Partido de SAAVEDRA
Artículo 1º:Autorízase la poda de árboles a una altura de 4,50 mts. de las especies que interfieran con su follaje, las luminarias de la planta urbana de la localidad de Dufaur.-
Artículo 2º:Cúmplase, Regístrese y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, EN PIGUE, A OCHO DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE.-
ORDENANZA Nº:4408/99.-