Concesión Planta Felipe Spinossi.
image_print

Corresponde a Expte. nº: 59532/99.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

Para el Partido de Saavedra

Artículo nº1:Autorízase al Departamento Ejecutivo  realizar las acciones necesarias a los efectos de aprobar la Concesión de la Estación Experimental Felipe Spinossi, como un proyecto único e indisoluble.

Artículo nº2:El tiempo de Concesión deberá contemplar la coincidencia de los años de alquiler con el plazo de amortización del crédito estipulado (15 años), o sea lo que corresponde al proyecto global de la Estación Experimental.-

Artículo nº3:Exigir al oferente que presente su proyecto de explotación.-

Artículo nº4:Que el Contrato que regule la relación, producto de la licitación correspondiente, deberá ser aprobado por el Honorable Concejo Deliberante.-

Artículo nº5:El Municipio se reserva el derecho de auditar, visitar y controlar periódicamente el cumplimiento del Contrato de Concesión.-

Artículo nº6:En el caso de algún incumplimiento de las cláusulas establecidas en el Contrato de Concesión, se considere la posibilidad de la rescisión del mismo.-

Artículo nº7:Cúmplase, Regístrese y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, EN PIGUE, A VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE

ORDENANZA Nº:4411/99.-