Corresponde a Expte. nº: 59532/99.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Para el Partido de Saavedra
Artículo nº1:Autorízase al Departamento Ejecutivo realizar las acciones necesarias a los efectos de aprobar la Concesión de la Estación Experimental Felipe Spinossi, como un proyecto único e indisoluble. –
Artículo nº2:El tiempo de Concesión deberá contemplar la coincidencia de los años de alquiler con el plazo de amortización del crédito estipulado (15 años), o sea lo que corresponde al proyecto global de la Estación Experimental.-
Artículo nº3:Exigir al oferente que presente su proyecto de explotación.-
Artículo nº4:Que el Contrato que regule la relación, producto de la licitación correspondiente, deberá ser aprobado por el Honorable Concejo Deliberante.-
Artículo nº5:El Municipio se reserva el derecho de auditar, visitar y controlar periódicamente el cumplimiento del Contrato de Concesión.-
Artículo nº6:En el caso de algún incumplimiento de las cláusulas establecidas en el Contrato de Concesión, se considere la posibilidad de la rescisión del mismo.-
Artículo nº7:Cúmplase, Regístrese y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, EN PIGUE, A VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE
ORDENANZA Nº:4411/99.-