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Corresponde a Expte. Nº 60889/99.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Para el Partido de SAAVEDRA
Artículo 1º: Autorizase al Intendente Municipal de Saavedra( Pigüé) a firmar los boletos de compra – venta y las escrituras traslativa de dominio a favor de aquellos adjudicatarios de viviendas de los distintos barrios construidos por la Municipalidad en el ámbito del distrito, que hayan abonado la totalidad de las mismas.-
Articulo 2º : el Departamento Ejecutivo en plazo perentorio deberá informar al H.C.D. ; importes, plazos y forma de cada operación.-
Articulo 3º : Cúmplase, Regístrese y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, EN PIGUE, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE.-