Corresponde a Expte. Nº 61760/00.-
POR ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Para el Partido de SAAVEDRA
Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a conformar, en los términos del articulo 43º) de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires ( Decreto- Ley Nº 6769/58, con la modificación introducida por la Ley Provincial Nº 12288) un consorcio entre Municipalidades de Región V de PAMI y Zona Sanitaria, para participar del Concurso Público Abierto Nº 31700 para la contratación de prestaciones Medico- Asistencial del nivel I, II, y III, convocado por el Instituto de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP).-
Artículo 2º: Cúmplase, Regístrese y Archívese.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, EN PIGÜÉ, A LOS VEINTICUATRO DIAS DE ENERO DEL AÑO DOS MIL .-
ORDENANZA Nº 4468/00.