Programa de Promoción del Desarrollo Local.
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Corresponde a Expte. Nº 62014/00.-

VISTO:

La necesidad de apoyar el desarrollo productivo de distintos sectores de la economía local, que se ven imposibilidades de ampliar sus capacidades de producción, mercados, comercialización y capacitación.

El efecto positivo que genera la puesta en marcha de micro emprendimientos exitosos que sean replicables en su concepción como unidades de trabajo y producción con posibilidades de desarrollo.

La implementación de distintas operatorias y programas a nivel nacional que focalizan el problema de la micro empresa y han diseñado mecanismos para aportar fondos que permitan el sostenimiento y la reconversión de la micro empresa en la Argentina.

Las políticas activas que en ese marco acompañara el Gobierno municipal a las iniciativas de la Nación y la Provincia de Buenos Aires, para lograr restablecer condiciones más equitativas y de acceso a los mercados que aseguren el desarrollo del sector, fuente de mano de obra prioritaria junto con el sector de las Pymes en la Argentina, y:

CONSIDERANDO:

Que, el Municipio de Saavedra, dentro de su estructura funcional posee un área que específicamente trabaja con la problemática de la micro empresa, tanto sea en temáticas referidas a la financiación y líneas crediticias, como a la capacitación y apoyo para el desarrollo asociativo del sector, constituido a través del equipo técnico de la Dirección de Planificación y Desarrollo Económico.

Que a través del área mencionada se vienen realizando acciones con el sector micro empresarial y en forma conjunta con la Cámara de Comercio, Industria y Anexos de Pigüé asi como con la Asociación Intercooperativa Centenario y el Centro de Formación Profesional Nº 401 de Pigüé y organismos provinciales y nacionales oficiales y privados.

Que el Gobierno Nacional, a través del ministerio de Desarrollo Social ha puesto en marcha un programa destinado a capacitar y otorgar fondos no reintegrables para los municipios que apoyen  el desarrollo de la micro empresa en los sectores que cada municipio determine como potencial y prioritario, denominado PROGRAMA DE PROMOCION DEL DESARROLLO LOCAL.

Que es necesario poner en marcha programas que puedan generar emprendimientos exitosos, que requieran de especiales condiciones en cuanto al acompañamiento y seguimiento de las iniciativas, a fin de incubar los pasos previos a la conformación de la micro empresa.

POR ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

Para el Partido de SAAVEDRA

Artículo 1º: Declarar de Interés Municipal el PROGRAMA DE PROMOCION DEL DESARROLLO LOCAL, que dependiente de la Secretaria de Desarrollo Social del Ministerio de Desarrollo Social y Medio Ambiente de la Nación.

Artículo 2º: Autorizar al Departamento Ejecutivo a cumplimentar la documentación requerida por el Programa a fin de obtener la inclusión del Municipio de Saavedra y lograr la puesta en marcha del mismo en el transcurso del presente año.-

Artículo 3º: Cúmplase, Regístrese y Archívese.-

DADA EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, EN PIGÜÉ, A SIETE DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL.- 

ORDENANZA  Nº 4508/00.