Corresponde a Expte. Nº 62050/00
VISTO:
La solicitud de rebaja en las cuotas por parte de adjudicatarios de viviendas de los barrios de Financiamiento Compartido de la calle Liniers y Solidaridad de las calles Belgrano, Libertad y Buenos Aires, y:
CONSIDERANDO:
Que no existe ninguna normativa que establezca las pautas para su realización.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Para el Partido de SAAVEDRA
Artículo 1º: Facultase al Departamento Ejecutivo, que ante solicitud de rebaja de cuota de vivienda de los vecinos adjudicatarios de los barrios de Financiamiento Compartido de la calle Liniers y Solidaridad de las calles Belgrano, Libertad y Buenos Aires, previa evaluación socioeconómica por parte de asistentes sociales, acompañada con la documentación correspondiente que certifique ingresos y egresos del interesado, pueda realizar únicamente por el termino de 12 meses, una disminución de cuota de vivienda cuyo monto no sea inferior a los $250.-, para viviendas de 2 dormitorios y de $ 300.- para los de 3 dormitorios.
Artículo 2º: En ningún caso se aceptara proceder a la capitalización de deudas como así tampoco exceder las 60 cuotas con aquellos vecinos adjudicatarios de los mencionados barrios que suscriban planes de pago por cuotas adeudadas.
Artículo 3º: Cúmplase, Regístrese y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL.-
ORDENANZA Nº:4545/00.-