4553

Corresponde a Expte. nº62240/00.

VISTO:

La solicitud presentada por el Sr. Edgardo Norberto Diaz, con respecto a adquirir un lote en el Sector Industrial Planificado de Pigüé para la instalación de una microempresa de recuperación de cera de abejas

CONSIDERANDO:

Que es factible hacer lugar a lo solicitado, dentro de los objetivos de creación del SIP de Pigüé, por ello

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

Para el Partido de SAAVEDRA

Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a proceder a la venta al Sr. EDGARDO NORBERTO DIAZ, D.N.I. 12.416.801, con domicilio en 4 de Diciembre 235 de la ciudad de Pigüé, de un lote en el Sector Industrial Planificado de Pigüé, cuya nomenclatura catastral es la siguiente: Circunscripción II, Sección F, Chacra 159, Fracción I, Parcela 16a., con dimensiones de 40 x 100 m (4000 m2), con destino  la instalación de una empresa de recuperación de cera de abejas.-

Artículo 2º: Cúmplase, Regístrese y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE    CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE  SAAVEDRA, A DIECIOCHO  DÍAS  DEL  MES  DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL.-                                         

ORDENANZA Nº:4553/00.-