4561
Corresponde a Expte. nº4642/117/00.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Para el Partido de SAAVEDRA
Artículo 1º: Derógase la Ordenanza Nº4501/00.-
Artículo 2º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a proceder a la venta al Sr. Néstor Guido Amaolo de un lote en el Sector Industrial Planificado de la ciudad de Pigüé, con una superficie de 3.200 m2 (tres mil doscientos metros cuadrados), cuya nomenclatura catastral es la siguiente: Circunscripción II, Sección F, Chacra 159, Parcela 7a, con destino a Fabrica de Hielo, con un valor final de $632.96 (pesos seiscientos treinta y dos con noventa y seis centavos).
Artículo 3º: Cúmplase, Regístrese y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL.-
ORDENANZA Nº:4561/00.-