Corresponde a Expte. nº62675/00.-
VISTO:
La necesidad de realizar una adecuación del uso del suelo en el predio municipal identificado catastralmente como Circ. III, Parcela 267d, en el cual se emplaza la Planta de Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos. Cuyo actual destino es “ZONA RURAL”, siendo necesario darle la finalidad de “INDUSTRIAL EXCLUSIVO”
CONSIDERANDO:
Que el predio fue seleccionado es su momento previendo dar esta finalidad ya que se encuentra a una distancia de seis kilómetros de la planta urbana y los vientos predominantes se alejan de la misma. Además los estudios de suelos realizados demuestran un alto grado de impermeabilidad del mismo, a lo cual debe sumarse que el sentido de escurrimiento de las corrientes de agua subterránea se alejan del acuífero que abastece a la ciudad de Pigüé.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
Artículo 1º: Modifícase parcialmente la Ordenanza 1031/79 de Delimitación Preliminar de Areas del Partido de Saavedra, que afecta a la zona Rural del Distrito.-
Artículo 2º: Desaféctese del Area Rural al bien identificado como Circunscripción III, Parcela 267-d.-
Artículo 3º: Aféctese al bien mencionado en el Artículo precedente como SECTOR INDUSTRIAL.-
Artículo 4º: Cúmplase, Regístrese y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL UNO.-
ORDENANZA Nº:4595/01.-