Programa de Recuperación Ganadera del Distrito
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Corresponde a Expte. nº4956/01.-

FUNDAMENTOS:

En los últimos diez años se ha producido una disminución de alrededor del 30 por ciento en la cantidad total de vacunos en el Partido de Saavedra, que no fué correspondida con un aumento equivalente en la superficie de los cultivos agrícolas. En consecuencia, hay una importante subutilización  de superficies productivas.

Un informe realizado en el mes de marzo de 2000, por Médicos Veterinarios e Ingenieros Agrónomos que trabajan en el Partido de Saavedra, determina que para alcanzar  una óptima utilización de la superficie productiva ganadera, según la aptitud de uso y las condiciones normales de la tecnología de producción disponible y probada en la zona, faltan aproximadamente 70.100 vacas de cría.

La sustentabilidad de los sistemas de producción, teniendo en cuenta la actual estructura de distribución de la tierra y las aptitudes agroecológicas, está basada en la explotación mixta, agro ganadera, con una alta participación de la ganadería para lograr seguridad y  atenuar los efectos de las normales contingencias climáticas como sequias estacionales o heladas tardías.

Una explotación  sustentable en la zona, con planteos mixtos agroganaderos, retribuye para su funcionamiento entre el  61 y el 87 % de sus ingresos brutos, aspecto este muy importante porque son pagos a proveedores de insumos, a servicios, que en su mayoría son realizados localmente, que genera un incremento en el movimiento comercial local.

Cada vaca que se incorpora en una explotación del Partido de Saavedra, genera una necesidad de retribución de insumos para su mantenimiento, sanidad, alimentación , de aproximadamente  setenta pesos,  y una producción bruta de  ciento veinte pesos en ternero/as por año.

La situación actual en la mayoría de las explotaciones que disminuyeron su plantel de vacas, presenta grandes dificultades económicas y financieras para recuperar la carga ganadera que admite la receptibidad de su campo. Los créditos disponibles en la oferta bancaria, en el mejor de los casos son a tasas de interés del 9 %, con plazos de cinco a nueve años.

El aporte de cuatro puntos en la tasa de interés durante los tres primeros años, permite a los productores un tiempo suficiente para organizar la producción, y obtener con esa producción los medios de pago suficientes para cancelar la deuda.

La devolución del aporte realizado, en los últimos años de la cancelación del crédito, se ve facilitada por el aumento de la producción lograda con el ahorro  de los primeros años por la rebaja en la tasa de interés, y permite generar y mantener un fondo permanente para la promoción a la producción en el Partido de Saavedra.

Este programa es de acción local, es importante porque apuesta a promover con elementos concretos a las actividades productivas, pero no es suficiente, ya que se hacen necesarias políticas de carácter general, desde el ámbito nacional y provincial, para superar  muchas dificultades estructurales en la producción, lograr mejorar la rentabilidad, asegurar los mercados y las garantías de cobro.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Artículo 1º: Creación:  Créase en el ámbito del Partido de Saavedra, el Programa de Promoción para la Recuperación de la Actividad Ganadera del Distrito de Saavedra.

Artículo  2º: Fondos:  Destínase del Fondo de Promoción de las Actividades Productivas del Distrito de Saavedra, un aporte de cuatro puntos (4) en la tasa anual de interés a los créditos disponibles en sucursales bancarias para la compra/retención de vientres vacunos y/o lanares.

Artículo  3º:  Beneficiarios: Serán sujetos beneficiarios del aporte las explotaciones agropecuarias que cumplan con las siguientes condiciones:

  1. a) La explotación agropecuaria tendrá que estar radicada y realizar su actividad productiva en el ámbito del Distrito de Saavedra.
  1. b) Estar habilitados por la entidad bancaria para recibir el crédito para la compra y / o retención de vientres vacunos o lanares.
  1. c) Presentar un plan de producción y evaluación de la explotación , para determinar la factibilidad del proyecto productivo. En éste sentido, el Area de la Producción prestará el apoyo necesario.
  1. d) Aceptar el asesoramiento, seguimiento y control por parte de un profesional, Ingeniero Agrónomo o Médico Veterinario, que junto con el productor responsable de la explotación determinarán las pautas de manejo sanitario, reproductivo y alimenticio, con la supervización del Area de la Producción de la Municipalidad.

Artículo  4º:  Aportes: El Municipio realizará el aporte referido en el Art. 2 durante tres (3) años o no mas de la mitad del plazo de cancelación del crédito (de los dos el que resultare menor), ante la  presentación del recibo de pago otorgado por el banco.

Artículo  5º:  Devolución:  El beneficiario, devolverá en cuotas (semestrales o anuales) iguales y consecutivas la totalidad de los aportes recibidos, a partir del periodo inmediato siguiente a la finalización del aporte y culminando con la cancelación total del crédito en el plazo original .

Artículo  6º: Forma:  Cada explotación agropecuaria beneficiaria firmará un convenio con la Municipalida de Saavedra, en el cual quedarán fijados derechos y obligaciones de ambas partes.

Artículo 7º: Cúmplase, Regístrese y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE    CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A DOS DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL UNO.-                       

ORDENANZA Nº:4624/01.-