Aceptando donación de terrenos en Dufaur.
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Corresponde a Expte. nº39050/01

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Artículo 1º: Acéptase la donación ofrecida por la señora AMALIA DUFAUR y HERMIDA SOLDANI a favor de la Municipalidad de Saavedra (Pigüé) de los siguientes lotes de terreno ubicados en la localidad de Dufaur:

Circunscripción VI – Sección A – Manzana 6 – Parcelas 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35 y 36.-

Circunscripción VI – Sección A – Manzana 7 – Parcelas 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 6, 7, 8, 9, 10 y 11.-

Circunscripción VI – Sección A – Manzana 8 – Parcelas 1y 7.-

Circunscripción VI – Sección A – Manzana 10 – Parcelas 12, 13, 14, 15 y 16.-

Artículo 2º: Condónase las deudas por tasas de servicios municipales y las deudas por impuesto inmobiliario y otros tributos provinciales que registren los inmuebles enumerados en el artículo 1º del presente.-

Artículo 3º: Tal lo normado en la Ley 11622, los inmuebles ingresados al patrimonio comunal serán destinados a fines de solidaridad social.-

Artículo 4º: Deróganse las ordenanzas nº 1415/85 y 4560/00.

Artículo 5º: Cúmplase, Regístrese y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE    CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A DIECISÉIS DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL UNO.-                       

ORDENANZA Nº:4632/01.-