Corresponde a Expte.nº63039/01.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
Artículo 1º: Autorízase a firmar el Acuerdo Marco de Cooperación y Anexo, entre el Municipio de Saavedra (Pigüé) representada por la Secretaría de Desarrollo Humano Marta Norma Baletta y el Centro de Atención Personalizada de la Comisión Nacional de Pensiones Asistenciales del Ministerio de Desarrollo Social y Medio Ambiente de la Nación, representado por su responsable Rosana Ventura, en adelante el CAP, con la finalidad de contribuir en forma conjunta a la mejor eficacia y eficiencia del Programa de Pensiones Asistenciales que tiene como beneficiarios a los ciudadanos del Municipio.-
Artículo 2º: Cúmplase, Regístrese y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A TREINTA DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL UNO.-
ORDENANZA Nº:4636/01.-