4761
Corresponde a Expte. Nº 63984.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Para el Partido de SAAVEDRA
ARTICULO 1º: Convalídase el Convenio suscripto entre la asociación Educacionista Argentina – La Salle, representada por su Apoderado Licenciado Daniel Alfredo Ortiz y la Municipalidad de Saavedra, representada por su Intendente Municipal Rubén Carlos Grenada, el que tiene por objeto la implementación de la Carrera de Enfermería Profesional, en un todo de acuerdo al que firmado por las partes corre agregado a fojas 1 / 2 del Expte. Nº 63984/02 y pasa a integrar parte de la presente.-
ARTICULO 2º: Cúmplase, Regístrse y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS SEIS DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DOS.-
ORDENANZA Nº:4761/02.-