4770

Corresponde a Expte. Nº 64107/02.-

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

Para el Partido de SAAVEDRA

ARTICULO 1º: Autorízase la venta de un inmueble propiedad municipal, ubicado en la localidad de Arroyo Corto (donde funcionaba la Fábrica de Quesos); cuyos datos catastrales son: Circunscripción III, Sección A, Manzana 21, Parcela 3, Partida Nº 1283.-

ARTICULO 2º: La tasación de dicho inmueble fue realizada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires, la cual asciende a la suma de $ 14.000,00.- (Catorce Mil Pesos)

ARTICULO 3º: Cúmplase, Regístrese y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE  CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS DIECISIETE  DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DOS.

ORDENANZA Nº:4770/02.-