4825
Corresponde a Expte. Nº 5336/02.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Para el Partido de Saavedra
ARTICULO 1º: Establécese un Régimen de Regularización de Pago de Deudas devengadas en concepto de multas e intereses dispuestos por contratos celebrados entre la Municipalidad de Saavedra y personas físicas y/o jurídicas con más de 5 dependientes, entre el período comprendido entre los años 1995 y 2000 inclusive.-
ARTICULO 2º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a reducir el monto originario en concepto de intereses y multas devengadas conforme el Artículo 1º por pago voluntario, total y efectivo, en un 85% respecto de las multas y en un 75 % respecto de los intereses.-
ARTICULO 3º: El beneficio establecido en la presente Ordenanza tendrá una vigencia de 30 días corridos desde la fecha de su promulgación y será otorgado únicamente a pedido de parte interesada.-
ARTICULO 4º: Regístrese, Comuníquese, Cúmplase y Archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DOS.
ORDENANZA Nº: 4825/02