4839

Corresponde a Expte. Nº 64451/02.-

VISTO:

La solicitud presentada por la Sra. LACEAR, MARIA DE LOS ANGELES, con respecto a un lote en el Sector Industrial Planificado de Saavedra para la radicación de un AGROSERVICIO; y

CONSIDERANDO:

Que es factible hacer lugar a lo solicitado, dentro de los objetivos de creación del S.I.P. de Saavedra.-

POR ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

Para el Partido de Saavedra

ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a proceder a la venta a la Sra. LACEAR, MARIA DE LOS ANGELES, D.N.I.Nº 18.511.138, con domicilio en calle 25 de Mayo Nº 367 de la ciudad de Saavedra, de un lote en Sector Industrial Planificado de la misma localidad, cuya Nomenclatura Catastral es la siguiente: Circunscripción XII, Fracción II, Parcela 6, con dimensiones de 40 x 50 mts. (2.000 m2), con destino a la instalación de una radicación de un AGROSERVICIO.-

ARTICULO 2º:  A partir de la fecha de promulgación de la presente Ordenanza, se dispondrán de 30 días corridos para la firma del correspondiente contrato de compraventa entre la Municipalidad y el Comprador.- El incumplimiento del plazo fijado en el párrafo anterior dará derecho a la Municipalidad a declarar rescindida unilateralemente la venta.-

ARTICULO 3º: Regístrese, Comuníquese, Cúmplase y Archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS CUATRO  DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOS.

ORDENANZA Nº: 4839/02