4842
Corresponde a Expte. Nº 5416/02.-
AREA PARA USO DE PRODUCCION INTENSIVA EN ESPARTILLAR
VISTO:
La necesidad de seleccionar una manzana para declararla de uso para la producción intensiva en la localidad de Espartillar, dado que vecinos de este Pueblo y otros aledaños puedan hacer uso del mencionado espacio, y:
CONSIDERANDO:
Que, la actividad productiva intensiva seria una forma de generar fuentes de trabajos, mejorar la producción y de buscar alternativas para hacer frente a la actual crisis económica social.
POR ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Para el Partido de Saavedra
ARTICULO 1º: Selecciónase la Manzana 26, Sección C, del ejido urbano de Espartillar, cuyos terrenos pertenecen a la Municipalidad del Partido de Saavedra, para uso de producción intensiva.
ARTICULO 2º: Divídase la manzana para uso de producción intensiva y para el vivero Municipal. Señalícese y demárquese el área correspondiente.
ARTICULO 3º: Aplíquense los alcances de la Ordenanza 4720/01, al espacio comprendido dentro de la Manzana Nº 26, Sección C, de la localidad de Espartillar.
ARTICULO 4º: Establécese el valor de los terrenos que resulten en una escala similar a los estipulados para la localidad de Saavedra.-
ARTICULO 5º: Regístrese, Comuníquese, Cúmplase y Archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOS.
ORDENANZA Nº: 4842/02