Comodato Casona parque municipal.
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Corresponde a Expte Nº 5452/02

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

Para el Partido de Saavedra

ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a realizar contrato de comodato de la parte superior de la Casona del Parque Municipal “Fortunato Chiappara” de la ciudad de Pigüé, a favor de la Asociación Amigos del Museo Regional de Pigüé, con destino a trabajar todo el edificio como una unidad cultural integral con el Museo que actualmente funciona en la parte inferior del mismo.

ARTICULO 2º: Dispónese como cargo dentro del contrato anteriomente autorizado, comenzar las obras propuestas por los futuros comodatarios dentro del primer año desde la firma del referido instrumento, en un todo conforme con las propuestas que obran dentro del Expediente de referencia.

ARTICULO 3º: El plazo del comodato deberá otorgarse por el término de quince (15) años con opción a renovación.-

ARTICULO 4º: Notifíquese la presente a los interesados, informándoles las gestiones que deberán realizar ante el Departamento Ejecutivo a fin de dar cumplimiento a esta Ordenanza.-

ARTICULO 5º: Regístrese, Comuníquese, Cúmplase y Archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTISEIS DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOS.

ORDENANZA Nº: 4877/02