Corresponde a Expte. Nº 63748/01
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Para el Partido de Saavedra
Artículo 1º: Exímase del pago de la Tasa por “Limpieza y Conservación de la Vía Pública” por los meses de Octubre, Noviembre y Diciembre de 2002, a la Iglesia Cristiana Rey de Gloria, con Pda. Nº 12.378.-
Artículo 2º: Solicítase al Departamento Ejecutivo se actualicen las planchetas correspondientes al inmueble Pda. Nº 12.378.-
Artículo 3º: Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL TRES.
ORDENANZA Nº: 4894/03