Autorizan regularización deuda con agente municipal.
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Corresponde a Expte. Nº 64398/02

VISTO:

Que el Art. 19º de la Ley Nº 11.757, en su punto b) Retribuciones, inci. F) segundo párrafo otorga al agente que al momento del cese compute treinta (30) años de servicios, una retribución especial sin cargo de reintegro, equivalente a seis (6) mensualidades del básico de la catagoría en que revista, sin descuento de ninguna índole.-

La nota presentada por el Sr. Haroldo Omar Alberti que corre agregada a fs. 1 del presente.-

El informe del Contador Municipal a fs. 3.-

Que esta situación se regulariza abonando la suma de $ 3.616,50 con cargo al Ejercicio 2003.-

Y que para abonar esta deuda se debe requerir y obtener la autorización del Concejo Deliberante, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el Art. 140 – Reconocimiento de deudas de ejercicios anteriores no contabilizados – del Reglamento de Contabilidad.-

POR ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

Para el Partido de Saavedra

Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a abonar al Sr. Haroldo Omar Alberti, L.E.Nº 5.461.992, Legajo Nº 109, la suma de pesos Tres Mil Seiscientos Dieciseis con Cincuenta Ctvs. ($ 3.616,50) en concepto de Retribuciones, Artículo 19º inciso f) segundo párrafo – Ley 11757, con cargo al Ejercicio 2003.-

Artículo 2º: Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS DIECINUEVE  DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL TRES.

ORDENANZA Nº: 4895/03