4908

Corresponde a Expte. Nº 65129/03

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

Para el Partido de Saavedra

ARTICULO 1º: Autorízase la señalización mediante pintado de cordón con los colores amarillo y negro, en forma de franjas, y discos indicadores con la leyenda “Prohibido estacionar – Ordenanza Nº 4908/03”, frente al inmueble perteneciente a Correo Andreani S.A., Sucursal Pigüé, sobre calle Ciudad de Rodez Nº 349, en un espacio de seis (6) metros, reservado para el estacionamiento de vehículos de la firma.-

ARTICULO 2º:  La presente Ordenanza tendrá vigencia durante todo el tiempo de funcionamiento de la empresa en el inmueble indicado.-

ARTICULO 3º:  Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS DIECISEIS  DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL TRES.

ORDENANZA Nº: 4908/03